Visas de Estudiante

Preguntas Frecuentes

En esta página:

 

 

 

Actualización para Visas de Estudiante: Además de cumplir con los requisitos adicionales para calificar para una visa de estudiante, los solicitantes deben traer consigo su último formulario I-20 o DS-2019 emitido por la Universidad a su entrevista.  La credibilidad del solicitante es de suma importancia para la adjudicación de visas.  Por lo tanto, dar una respuesta que uno sabe es incorrecta o falsa,  puede resultar en la denegación de una visa. 

Información general

Los Estados Unidos les da la bienvenida a ciudadanos extranjeros que van a estudiar a dicho país. Antes de solicitar una visa de estudiante, este tiene que ser aceptado y aprobado por su institución educativa o programa. Una vez aceptado, la institución educativa proporcionará al solicitante la documentación de aprobación necesaria para presentar al solicitar una visa de estudiante. Las visas de estudiante (F y M) para nuevos estudiantes se pueden emitir hasta 365 días antes de la fecha de inicio de un curso de estudio, y los estudiantes pueden viajar dentro de los 30 días a partir de la fecha de inicio del Formulario I-20.

Descripciones y requisitos para la visa

Visa F-1

Este es el tipo más común de visa de estudiante. Si usted desea realizar estudios académicos en los Estados Unidos en una institución aprobada como una universidad, una escuela secundaria privada, o un programa aprobado de inglés, necesita una visa F-1.

Visa M-1

Si usted planea participar en estudios vocacionales o no académicos o de capacitación en una institución de los Estados Unidos, necesita una visa M-1.

Para mayor información sobre cada una de estas visas y oportunidades para estudiar en los Estados Unidos visite la página web de Education USA.

Escuelas públicas en los Estados Unidos

La ley de los Estados Unidos no permite que los estudiantes extranjeros asistan a escuelas públicas de nivel primario (de kindergarten a 8vo grado) o a un programa de educación de adultos financiado con fondos públicos. Por lo tanto, las visas F-1 no pueden ser emitidas para estudiar en ese tipo de escuelas.

Una visa F-1 puede ser emitida para asistir a una escuela pública de nivel secundario (grados del 9 al 12), pero el estudiante está limitado a un máximo de 12 meses en la escuela. La escuela debe indicar también en el formulario I-20 que el estudiante ha pagado los costos no subsidiados de educación y el monto que éste ha enviado para ese propósito.

Para mayor información sobre requisitos legales para una visa F-1, visite el sitio web del Departamento de Estado.

Nota: Los titulares de visas de no inmigrante A, E, F-2, G, H-4, J-2, L-2, y M-2 pueden inscribirse en escuelas públicas de nivel primario y secundario.

Ayuda al estudiante para encontrar una escuela en los Estados Unidos
Se les recomienda a los estudiantes que esperan inscribirse en una institución educativa de los Estados Unidos que se comuniquen con el servicio consejería de estudiantes en Education USA, el cual está localizado en el Instituto Guatemalteco Americano (IGA) en la Ciudad de Guatemala y Quetzaltenango.

Requisitos de solicitud

Para solicitar una visa F o M, usted debe presentar lo siguiente:

 

  • La hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, formulario (DS-160). Visite la página web del DS-160 para más información sobre el formulario DS-160.
  • Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos de las excepciones establecidas en los acuerdos específicos con cada país).
  • Una  fotografía de 5cm x 5cm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido.
  • Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la cuota de proceso de la solicitud de visa de no inmigrante, pagado en moneda local. Esta página web tiene más información sobre el pago de dicha cuota. Si se emite la visa, podría haber una cuota adicional de reciprocidad por la emisión de la misma, dependiendo de su nacionalidad. El sitio web del Departamento de Estado puede ayudarlo a determinar si usted debe pagar una cuota de reciprocidad por la emisión de su visa y cuál es  su valor.
  • Un formulario I-20 de su escuela o programa en los Estados Unidos.
  • Un recibo del pago del  formulario I-901 SEVIS que indique que usted pagó la cuota SEVIS.  El sitio web de SEVIS contiene más información.

Además de estos requisitos, usted debe presentar una hoja de cita para entrevista que confirme que ha programado una cita a través de este servicio. Usted puede presentar también otros documentos que crea que respaldan la información proporcionada al oficial consular.

Proceso para hacer la solicitud

Paso 1
Pague la cuota de solicitud de visa.

Paso 2
Llene el formulario (DS-160) de Solicitud Electrónica de Visa.

Paso 3
Programe su cita en esta página web. Usted necesita la siguiente información para poder programar su cita:

      • El número de su pasaporte.
      • El número que se encuentra en su recibo de pago. (Presione aquí si necesita ayuda para encontrar este número).
      • Los 10 dígitos del código de barras de la hoja de confirmación de su formulario DS-160.

Paso 4
Preséntese a la Embajada de los Estados Unidos en el día y la hora de su entrevista. Tiene que presentar una copia impresa de su carta de cita, la hoja de confirmación de su DS-160, una fotografía tomada durante los últimos seis meses, su pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores, y el recibo original de pago de la cuota de visa. No se aceptarán solicitudes sin todos estos requisitos.

Documentos de respaldo

Los documentos de respaldo son sólo uno de varios factores que el oficial consular considerará durante su entrevista; no en todos los casos serán revisados. Los oficiales consulares analizan cada solicitud individualmente y consideran, entre otros, los factores profesionales, sociales y culturales y de otras índoles. Los oficiales consulares pueden analizar sus intenciones específicas, situación familiar y proyectos a largo plazo dentro de su país de residencia. Cada caso es examinado de forma individual y se le confieren todas las consideraciones de ley.

¡Advertencia!: No presente documentos falsos. Fraude o presentación de documentos falsos puede dar lugar a una inelegibilidad permanente para la visa.

Usted debe presentar al momento de su entrevista  los siguientes documentos:

  • Documentos que demuestren fuertes lazos financieros, sociales y familiares a su país de origen que lo obliguen a regresar a su país una vez que su programa de estudio en los Estados Unidos haya terminado.
  • Documentos financieros y de otra índole que usted crea que darán respaldo a su solicitud y que den evidencia confiable de que  tiene suficientes fondos disponibles para solventar todos sus gastos del primer año de estudios así como la disponibilidad de suficientes fondos para cubrir sus gastos mientras permanezca en los Estados Unidos. Los solicitantes de visa M-1 tienen que demostrar su capacidad para pagar todos los costos de  matrícula y gastos personales durante el período completo de su estadía prevista.
  • No se aceptarán copias de estados de cuenta bancarios a menos de que también pueda presentar los originales.
  • Si otra persona lo está patrocinando financieramente, presente pruebas de su relación con el patrocinador (como su certificado de nacimiento), los formularios de impuestos originales más recientes de su patrocinador y los estados de cuenta originales y/o certificados de depósito a plazo fijo.
  • Documentos que demuestren su preparación académica. Documentos útiles incluyen transcripciones escolares (de preferencia los originales) con notas, resultados de pruebas estandarizadas (SAT, TOEFL, etc.), y diplomas.

 

 

 

Dependientes

Los cónyuges o hijos solteros menores de 21 años de edad que desean acompañar o seguir al titular de la visa en los Estados Unidos durante la duración de su estadía requieren visas derivativas F o M. No hay visas derivativas para padres de titulares de visas F o M.

Los miembros de la familia que no van a residir en los Estados Unidos con el titular de la visa, y que solo desean visitar por vacaciones, pueden ser elegibles para solicitar visas de visitantes (B-2).

Los cónyuges y dependientes no pueden trabajar en los Estados Unidos con una visa derivativa F o M. Si su cónyuge/hijo busca empleo, debe obtener la visa de trabajo apropiada.

Documentos de respaldo para los dependientes

Los solicitantes con dependientes también tienen que presentar:

  • Prueba de la relación del estudiante con su cónyuge y/o hijo (por ejemplo, certificados de matrimonio y nacimiento).
  • Es preferible que las familias soliciten las visas al mismo tiempo, si el cónyuge y/o hijo quieren hacerlo por separado deberá ser en una fecha posterior, presentar: copia del pasaporte y la visa de estudiante del titular, así como todos los otros documentos requeridos.

Otra información

Capacitación Práctica Opcional (OPT –por sus siglas en inglés)
Los titulares de visas F-1 pueden ser elegibles para hasta 12 meses de capacitación práctica opcional luego de terminar con todos los requisitos del curso para graduación (no incluye la tesis o su equivalente), o después de terminar con todos los requisitos. La OPT está separada del trabajo académico del estudiante, y el tiempo para la OPT normalmente no se verá reflejado durante el programa académico del estudiante o en la fecha en que éste termine. Los estudiantes que solicitan una visa F para hacer la OPT pueden presentar un formulario I-20 con una fecha original de finalización de estudios que puede haber pasado. Sin embargo, estos formularios I-20 tienen que incluir una anotación hecha por el oficial designado de la institución académica que indique la aprobación para un programa de OPT que se extiende más allá del final del período regular de estudio. Además, el estudiante debe tener pruebas de que USCIS ha aprobado su programa de capacitación práctica o que hay una solicitud pendiente, ya sea en forma de una Tarjeta de Autorización de Empleo aprobada o un formulario I-797 que indique que él/ella tienen una solicitud pendiente para un programa de OPT.

 

Validez de las visas de Estudiante después de un receso en los estudios
Los estudiantes que no están asistiendo a clases por más de cinco meses pueden solicitar y recibir una nueva visa de estudiante F-1 o M-1 para regresar a la institución educativa luego de un viaje al extranjero, como se explica a continuación.

 

Estudiantes dentro de los Estados Unidos
Según la Ley de Inmigración un estudiante (F-1 o M-1) puede perder su estatus si no reanuda sus estudios dentro de los cinco meses desde la fecha de transferencia de instituciones académicas o programas. Si un estudiante pierde su estatus, a menos de que USCIS lo restablezca, su visa F o M también será invalida para futuros viajes de regreso a los Estados Unidos. Para mayor información para solicitar restablecimiento del estatus consulte el sitio web de USCIS, y las instrucciones para solicitar la Extensión/Cambio en el Estatus de No Inmigrante, formulario I-539.

 

Estudiantes – regresando a los Estados Unidos de un viaje al extranjero
Los estudiantes que salen de los Estados Unidos para un receso en sus estudios de cinco o más meses pueden perder su status F-1 o M-1, a menos de que sus actividades en el extranjero estén relacionadas con su curso de estudio. Antes del viaje, los estudiantes pueden consultar con el oficial designado de su institución educativa si hubiera alguna duda sobre si su actividad está relacionada con su curso de estudio.

Cuando en el puerto de entrada se le presenta al inspector de inmigración de la Oficina de Protección de Fronteras y Aduanas (CBP –por sus siglas en inglés) una visa F-1 o M-1 no expirada, previamente utilizada por un estudiante que está regresando, y quien ha estado fuera de los Estados Unidos y del estatus de estudiante por más de cinco meses, el inspector de inmigración de CBP puede encontrarlo inadmisible por no poseer una visa de no inmigrante válida. CBP también puede cancelar la visa después de otorgarle al estudiante el permiso de retirar la solicitud de admisión. Por lo consiguiente, es prudente que los estudiantes soliciten una nueva visa en la Embajada en el extranjero antes de viajar de regreso a los Estados Unidos para continuar con sus estudios, después de una ausencia de cinco o más meses que no está relacionada con sus estudios.